• 1. AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIAL

    Las ayudas de emergencia social son prestaciones no periódicas de naturaleza económica y subvencional destinadas a aquellas personas cuyos recursos resulten insuficientes para hacer frente a gastos específicos, de carácter ordinario o extraordinario necesarios para prevenir, evitar o paliar situaciones de marginación social.  Los requisitos para acceder a las Ayudas de Emergencia Social vienen recogidos en el artículo 5 del Decreto 4/2011, de 18 de enero.

    La información y la tramitación de la solicitud de las Ayudas de Emergencia Social si se reúnen los requisitos básicos de acceso se realizan en los Servicios Sociales de Base del Ayuntamiento de empadronamiento de la persona interesada.

  • 2. AYUDA ESPECIAL PARA LA INCLUSIÓN SOCIAL

    Es una ayuda periódica, de naturaleza económica, dirigida tanto a la cobertura de los gastos asociados a las necesidades básicas como a la de los gastos derivados de un proceso de inclusión social y/o laboral, y destinada a las personas integradas en una unidad de convivencia que no dispongan de ingresos suficientes para hacer frente a dichos gastos.

    • Podrán ser titulares de esta ayuda las personas mayores de 18 años, en situación de exclusión social.
    • No tener derecho a la Renta de Garantía de Ingresos en cualquiera de sus modalidades por no cumplir el requisito de edad mínima
    • Constituir una unidad de convivencia como mínimo con doce meses de antelación a la fecha de presentación de la solicitud.
    • Estar empadronadas y tener residencia efectiva en un municipio del Territorio Histórico de Bizkaia con una antigüedad mínima de 30 meses, inmediatamente anteriores y continuados, a la fecha de solicitud
    • No disponer de recursos suficientes
    • Tener firmado un Plan Individual de atención/intervención y estar cumpliéndolo en todos sus términos
    • No tener extinguida total o parcialmente, la Renta de Garantía de Ingresos u otra prestación por causas asociadas al incumplimiento de obligaciones o la comisión de infracciones
    • Estar inscrita en el Servicio vasco de Empleo-Lanbide

    La información y la tramitación de la solicitud de la Ayuda de Especial para la Inclusión Social, si se reúnen los requisitos básicos de acceso se realizan en los Servicios Sociales de Base del Ayuntamiento de empadronamiento de la persona interesada

  • 3. PROGRAMA DE PRESTACIONES ECONOMICAS DEL PATRONATO DE BIENESTAR SOCIAL DE BERMEO

    El programa de prestaciones económicas tendrá un carácter de complementariedad para aquellas personas cuyas carencias no pueden ser cubiertas por las contempladas en la Ley contra la Exclusión Social y la Carta de Derechos Sociales. No hay que olvidar que existen personas y familias que por ausencia de cumplimiento de algún requisito de los exigidos no pueden beneficiarse de dichas ayudas, sin embargo, se encuentran en situación de necesidad y con riesgo de exclusión social o con necesidades urgentes que no pueden ser cubiertas por falta de presupuesto en partida de gastos para Emergencia Social o por no contemplarse el concepto o por el distinto baremo económico a aplicar.

    La información y la tramitación de la solicitud de la Ayuda Especial del Patronato de Bienestar Social de Bermeo, si se reúnen los requisitos básicos de acceso se realizan en los Servicios Sociales de Base del Ayuntamiento de empadronamiento de la persona interesada o su representante o en el que residan de hecho.